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Comprender la promoción farmacéutica y responder a ella: Una guía práctica

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Ningún medicamento debe tener publicidad en medios masivos





 

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La promoción se refiere a todas las "actividades informativas y de persuasión que realizan los productores de medicamentos con el fin de inducir a la prescripción, el suministro, la adquisición o la utilización de medicamentos"1. La promoción inapropiada de medicamentos ha llamado la atención desde hace varias décadas a la Organización Mundial de la Salud. En 1952 la Asamblea Mundial de la Salud (AMS) recomendó a los Estados Miembros de la organización "adoptar medidas apropiadas … para conseguir que esta publicidad no cause perjuicio a la salud de sus pueblos, erróneamente inducidos a creer en curaciones rápidas que no son todavía una realidad"2. En 1968 la AMS aprobó los Criterios Eticos y Científicos Aplicables a la Publicidad de Productos Farmacéuticos.3
 
Estudios realizados desde la década del 704, dan cuenta de un asombroso esfuerzo de los productores de medicamentos para influir sobre los hábitos de prescripción, dispensación y uso de medicamentos, al mismo tiempo que se manifiesta la falta de expeditivas regulaciones nacionales en este campo. Se calcula que actualmente, la industria farmacéutica gasta alrededor del 35% de sus ventas en actividades de mercadeo, el doble de lo que invierte en investigación y desarrollo de nuevos medicamentos5. Las formas de promoción son variadas: publicidad en revistas especializadas o en otras publicaciones (incluyendo los diarios), folletería (para el público y profesionales); incentivos económicos; financiamiento de reuniones de profesionales; aprovechamiento de las asociaciones de pacientes o de organizaciones científicas. En los últimos tiempos, la comunicación virtual también está siendo utilizada para promocionar  medicamentos, induciendo con frecuencia a una conducta no prudente sobre el uso de los medicamentos.

En 1982, la Federación Internacional de la Industria del Medicamentos (FIIM) publicó su Código de Normas de Comercialización de Productos Farmacéuticos (http://www.ifpma.org/site_docs/News/Code_Spanish_2000.pdf )que fue actualizado en una versión publicada en 1994 y otra revisadaen el 2000; las dos últimas versiones toman en cuenta algunos aspectos señalados en los Criterios Eticos para la Promoción de Medicamentos aprobados por la Asamblea Mundial de la Salud (http://www.who.int/medicinedocs/collect/medicinedocs/pdf/whozip09s/whozip09s.pdf) en 1988.
 
El Código de la industria transnacional no ha producido un impacto relevante en el control de la promoción inapropiada y su ámbito de acción se restringe a sus asociados; muchos productores y distribuidores farmacéuticos no son afectados por el código. De otro lado, el código no evita la publicidad inapropiada, sino que actúa sobre la base de quejas o demandas, donde la industria es juez y parte. Un mecanismo ineficaz para controlar la promoción no ética que hacen las compañías farmacéuticas.6

AIS propone el establecimiento de legislaciones nacionales específicas acerca de la promoción de medicamentos incluyendo los productos bajo prescripción y aquellos de venta libre. Para esto, se deben tomar en cuenta los Criterios Eticos de la OMS, así como experiencias reguladoras de algunos países en este campo. También es importante el establecimiento de Códigos de Etica de las organizaciones de profesionales o reglamentos en los establecimientos de salud que regulen las relaciones con las compañías farmacéuticas. No menos importante es reforzar la formación de los profesionales con el fin de evitar la influencia inapropiada de la promoción farmacéutica.
 
 

1 OMS; Criterios Eticos para la promoción de medicamentos, OMS, Ginebra, Suiza, 1988
2 Resolución WHA5.76, Mayo 1952)
3 OMS; Resolución WHA 21.41. Mayo 1968
4 The Drugging of the Americas de Sylverman et al, 1976 es el más sobresaliente estudio de ese período
5 Devlin J., Hemsley P.; Management views on industry issues, pressures and consultants; Scrip Magazine, June 1997.
6 El Medical Lobby for Appropritae Marketing (MaLAM) tiene una importante casuística sobre la conducta de las compañías transcionales relacionada a la aplicación del Código de la IFPM

 
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